En 2020, una emprendedora chilena se hizo famosa por su negocio llamado «Miel Gibson». Al principio, la mayoría celebró su ingeniosa idea de utilizar la imagen de Mel Gibson en los envases y jugar con su nombre para promocionar su marca. Sin embargo, esto llegó a oídos del actor y la emprendedora recibió una amenaza por parte de sus abogados por usar su imagen sin su consentimiento.
Afortunadamente, la emprendedora logró evitar enfrentar juicios costosos, ya que llegó a un acuerdo para cambiar el logotipo de su emprendimiento. Este caso lamentablemente es algo que ocurre con frecuencia en Chile, principalmente debido a la falta de conocimiento de las personas sobre los derechos de autor y de imagen que están protegidos por ley en Chile y en la mayoría de los países.
Lo mismo sucede en el ámbito de la música. Cuando un compositor crea una obra musical, esta se convierte en su propiedad. Incluso si alguien compra una licencia para utilizar esa música en una producción audiovisual, la persona que la adquiere nunca se convierte en dueña de la música, ya que el autor sigue siendo el único propietario, a menos que se acuerde lo contrario en un contrato.
Esta es una de las principales premisas de la Ley N° 17.336 de Propiedad Intelectual de Chile, cuyo propósito es proteger los derechos de los creadores de diversas obras, incluyendo las musicales.
Por lo tanto, según la ley, los derechos de toda la música que se escucha en comerciales de televisión, radio, campañas de redes sociales, películas, publicidades e incluso en tiendas o supermercados deben ser adquiridos mediante licencias. Ignorar esto o desconocer estas obligaciones no solo puede traer muchos problemas, sino también enfrentar demandas millonarias para todas las partes involucradas.
Franco Solari, músico y fundador de Audiolander, la primera tienda en línea de licencias de sincronización de música y audio en Chile, creada por músicos nacionales y pensada para producciones audiovisuales a nivel mundial, explica que «el sistema de licenciamiento musical es complejo no solo en Chile, sino en todo el mundo. En Audiolander hemos constatado que en agencias de publicidad y entre productores musicales existe un escaso o nulo conocimiento sobre este tema».
Por su parte, Christian Alvear, co-fundador de Audiolander, agrega que «lamentablemente, todavía se puede observar en Chile que algunas personas compran licencias de música en el extranjero que no son aptas para su uso en publicidad televisiva, y las utilizan sin el conocimiento de sus clientes, ya sea por intentar ahorrar dinero o simplemente por desconocimiento. Pero lo que están haciendo es arriesgarse a enfrentar pérdidas millonarias por no pagar los derechos o no adquirir una licencia de sincronización adecuada para la producción audiovisual. Además, en el caso de las agencias de publicidad, están exponiendo a sus clientes a posibles demandas«.
En la actualidad, en Chile, el uso de música sin adquirir los derechos correspondientes está considerado como un delito y se castiga con multas que van desde 5 a 50 UTM. Incluso puede llevarse el caso a juicio si el creador.